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Hola de nuevo!
1. ¿Qué valoración hacéis, en general, de la Agenda 2030? ¿Es útil? ¿Está funcionando? ¿Aborda el desarrollo humano de todas las personas?
En mi opinión, la Agenda 2030 al ser una propuesta mucho más ambiciosa e inclusiva con respecto a los ODM ha logrado conseguir buenos resultados en diferentes esferas, pues al tener una visión más “holistica” se puede abordar temas como la pobreza en su intercontectividad con otros como la educación, acceso al agua, etc. De igual forma, el enfoque en las Alianzas y “un espíritu de mayor solidaridad mundial” ha hecho posible por ejemplo la existencia del mecanismo COVAX, el cual ha beneficiado a paises con menos capacidad economica en su lucha contra la pandemia, si bien no deja de existir unas claras relaciones de poder en la adquisición de bienes como las vacunas. Sin embargo, como bien mencionan mis compañeros y compañeras hay unos vacios en la inclusión de personas con otras identidades de género y por tanto, al invisibilizar estas otras identidades y problemas de género como el acceso a los derechos reproductivos, se esta entorpeciendo la aplicabilidad de otros ODS como la igualdad de género y la educación inclusiva. Por tanto, debería ser posible una constante actualización que den cuenta de los problemas actuales que hay que superar para la consecución de los ODS como la corrupción, la creciente desigualdad y violencia hacia otas identidades, y la compra de parte de privados y multinacionales de recursos hidricos como los paramos.
2. ¿Qué supone, según vuestra opinión, el hecho de que no tenga carácter de norma jurídicamente vinculante?
Creo que este supone el mayor reto y critica que tiene la Agenda 2030, pues al dejar todo a la “buena voluntad” de los diferentes paises depende de la afiliación politica del gobierno de turno su cumplimiento. Cuando deería ser claro que los DD.HH son un minimo sobre el que hay un acuerdo común no una afiliación o cumplimiento optativa, debería ejercerse un marco de de seguimiento y supervisión mucho más contundente. Lo que no es posible al dejarse a la “voluntad” de los Estados.
Un caso interesante, donde se utilizó las bases legales de la declaración de los DD.HH para la consecusión de uno de los objetivos de la ODS y el Acuerdo de Paris fue la demanda interpuesta contra Shell en Paises Bajos en relación a bajar las emisiones de CO2, en donde se paso de unas acciones de buena voluntad a un “puede” y “debe”. Les dejo el link por si quieren saber más al respecto: https://www.dw.com/es/pa%C3%ADses-bajos-tribunal-ordena-a-shell-reducir-emisiones-de-co2/a-57675540